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Elecciones 2017: ¿Cuándo comienza y que implica la veda electoral?

Publicado el dia 11/08/2017 a las 11h07min
Este domingo 13 de agosto todo el país concurrirá a las urnas para votar en las PASO. Previamente, y por la normativa vigente, se aplicará una prohibición específica a los partidos políticos y la ciudadanía en general.

A muy pocas horas del comienzo de una nueva jornada electoral los diferentes partidos y alianzas afinan sus cierres de campaña y se preparan para lo que será una suerte de “silencio de radio” temporal. Este silencio “forzado” es parte de lo que dicta la denominada “veda electoral”.

La veda de por si, esta consignada en la normativa vigente para nuestro país, y alcanza, no sólo a los políticos, candidatos y partidos, sino también en gran parte a la ciudadanía en general.

El viernes 11 de agosto, desde las 8 horas, regirá en todo el país la veda electoral, consignada por la normativa vigente.

Desde ese preciso momento, los precandidatos que aspiran, en esta oportunidad, a ocupar una banca en la Cámara de Diputados de la Nación como los precandidatos a senadores, diputados y concejales provinciales, no podrán hacer actos de proselitismo. Se da por clausurada la campaña electoral en todo el país.

Además, está prohibido todo tipo de declaración de propaganda política de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales, como la difusión de encuestas y sondeos preelectorales. La propaganda no alcanza a Internet ni las redes sociales tales Twitter, Facebook o Instagram. Lo que aún no fue actualizado en la legislación es la enorme influencia que tienen las redes sociales en internet.

La veda comienza a regir desde el viernes 11 de agosto a las 8 horas

 

 

También se deberá evitar todo tipo de espectáculo masivo -cultural, social o deportivo- durante el domingo, lo mismo que la venta de bebidas alcohólicas desde la cero hora del día de la elección hasta que se cumplan tres horas de finalizados los comicios.

Asimismo, otros impedimentos son los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, las fiestas teatrales y deportivas, toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral, publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.

En tanto, a ochenta metros de la mesa receptora de votos está prohibido la realización de reuniones de electores en los domicilios, la utilización de las viviendas como depósito de armas, la apertura de organismos partidarios y la distribución de boletas de sufragios a los electores.

La norma establece que “se impondrá prisión de quince días a seis meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario”. Los boliches deberán permanecer con sus puertas cerradas esa noche.

Los ciudadanos que no respeten la veda pueden ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados, si la Justicia comprueba la falta.

Fuente: argnoticias