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Conmoción en el tenis: Jannik Sinner, número 1 del mundo, sancionado por doping

Publicado el dia 15/02/2025 a las 11h19min
El tenista italiano no podrá jugar hasta el 4 de mayo

El mundo del tenis se ha visto sacudido por la reciente sanción impuesta al número uno del ranking mundial, Jannik Sinner. El tenista italiano ha aceptado una suspensión de tres meses tras dar positivo por clostebol, una sustancia prohibida, en marzo de 2024.

La suspensión de Sinner comenzó el 9 de febrero de 2025 y se extenderá hasta el 4 de mayo del mismo año. Durante este período, el italiano se perderá importantes torneos de la categoría Masters 1000, incluyendo Indian Wells, Miami, Montecarlo, Madrid y Roma. Sin embargo, estará habilitado para regresar a tiempo para competir en Roland Garros, uno de los cuatro torneos de Grand Slam. Esta programación ha suscitado críticas, ya que algunos consideran que la sanción ha sido estratégicamente favorable para el jugador, permitiéndole ausentarse en eventos significativos pero regresar para uno de los más prestigiosos.

“La AMA confirma que ha llegado a un acuerdo de resolución del caso del tenista italiano Jannik Sinner, en el que el jugador acepta un período de inelegibilidad de tres meses por una violación de las normas antidopaje”, expresó el organismo mediante un comunicado. Y luego, añadió: “La AMA acepta que el Sr. Sinner no tenía intención de hacer trampa y que su exposición al clostebol no le proporcionó ningún beneficio para mejorar el rendimiento y tuvo lugar sin su conocimiento como resultado de la negligencia de los miembros de su entorno. Sin embargo, según el Código y en virtud del precedente del TAS, el atleta es responsable de la negligencia de su entorno”. Además, la AMA retiró formalmente su apelación ante el TAS después de haber llegado a un acuerdo, aunque no solicitó la descalificación de sus resultados.

El caso se remonta a marzo de 2024, durante el torneo de Indian Wells, donde Sinner dio positivo por clostebol en dos controles antidopaje consecutivos. Según la investigación, la sustancia ingresó en su organismo de manera accidental. El fisioterapeuta de Sinner, Giacomo Naldi, utilizó un spray que contenía clostebol para tratar una herida en su propio dedo y, posteriormente, sin guantes, realizó masajes al tenista, lo que provocó la contaminación. Inicialmente, la Agencia Internacional de Integridad en el Tenis (ITIA) determinó que no hubo culpa o negligencia por parte de Sinner, permitiéndole continuar compitiendo sin sanción. No obstante, la AMA apeló esta decisión ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), buscando una suspensión de entre uno y dos años. Finalmente, ambas partes llegaron al acuerdo de una sanción de tres meses.

Vale recordar que Sinner es la segunda estrella dentro del mundo del tenis que acepta una suspensión por dopaje en los últimos meses después de que la número dos del mundo, Iga Swiatek, aceptara una suspensión de un mes en noviembre tras dar positivo por la sustancia prohibida trimetazidina (TMZ). Fue suspendida provisionalmente desde el 12 de septiembre hasta el 4 de octubre, perdiéndose tres torneos, mientras que también perdió el dinero del premio del Abierto de Cincinnati, el torneo inmediatamente posterior a la prueba.

 
Según la BBC, en una declaración difundida por sus abogados, el tenista italiano manifestó: “Este caso había estado pendiente de mí durante casi un año y el proceso aún tenía mucho tiempo por delante y tal vez no se pudiera tomar una decisión hasta finales de año. Siempre he aceptado que soy responsable de mi equipo y me doy cuenta de que las estrictas normas de la AMA son una protección importante para el deporte que amo. Sobre esa base, he aceptado la oferta de la AMA de resolver estos procedimientos sobre la base de una sanción de tres meses”.

A pesar de la controversia, Sinner ha mantenido un desempeño destacado en el circuito. En 2024, conquistó títulos importantes, incluyendo el Abierto de Estados Unidos y el Masters de Cincinnati. Su ascenso al número uno del mundo ha sido meteórico, y muchos analistas destacan su talento y determinación en la cancha. Sin embargo, este episodio de dopaje podría afectar su reputación y relación con otros jugadores y aficionados. La percepción pública y la confianza en su integridad deportiva podrían verse comprometidas, a pesar de que la investigación concluyó que la ingesta de la sustancia fue accidental.

El caso de Sinner ha reavivado el debate sobre la eficacia y justicia del sistema antidopaje en el tenis. Mientras algunos abogan por sanciones más severas para mantener la integridad del deporte, otros argumentan que es crucial considerar las circunstancias individuales de cada caso. La necesidad de protocolos claros y consistentes se hace evidente para evitar percepciones de favoritismo o trato desigual. Además, este incidente subraya la importancia de que los atletas y su equipo de trabajo estén plenamente informados sobre las sustancias prohibidas y los riesgos de contaminación accidental.

EL COMUNICADO DE LA AMA SOBRE EL CASO SINNER:

La Agencia Mundial Antidopaje (AMA) confirma que ha llegado a un acuerdo de resolución del caso del tenista italiano Jannik Sinner, por el que el jugador acepta un periodo de tres meses de suspensión por una infracción de las normas antidopaje que le llevó a dar positivo por clostebol, una sustancia prohibida, en marzo de 2024.

En septiembre, la AMA interpuso un recurso ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) en el caso del Sr. Sinner, al que un Tribunal Independiente había declarado libre de culpa o negligencia.

A pesar de esta apelación, las circunstancias que rodeaban este caso específico hicieron que, con el fin de garantizar un resultado justo y adecuado, la AMA estuviera dispuesta a llegar a un acuerdo de conciliación, de conformidad con el artículo 10.8.2 del Código Mundial Antidopaje.

La AMA acepta la explicación del atleta sobre la causa de la infracción, tal y como se expone en la decisión de primera instancia. La AMA acepta que el Sr. Sinner no tenía intención de hacer trampas, y que su exposición al clostebol no le proporcionó ningún beneficio para mejorar su rendimiento y tuvo lugar sin su conocimiento como resultado de la negligencia de los miembros de su entorno. Sin embargo, según el Código y en virtud de los precedentes del TAD, un atleta es responsable de la negligencia de su entorno. Teniendo en cuenta la singularidad de los hechos de este caso, se considera que una suspensión de tres meses es el resultado apropiado. Como se ha indicado anteriormente, la AMA no solicitó la descalificación de ningún resultado, salvo la impuesta previamente por el tribunal de primera instancia. La Federación Internacional de Tenis y la Agencia Internacional para la Integridad del Tenis, ambas codemandadas en el recurso de la AMA ante el TAD, ninguna de las cuales recurrió la decisión de primera instancia, aceptaron el acuerdo de resolución del caso.

Según los términos del acuerdo, el Sr. Sinner cumplirá su periodo de suspensión desde el 9 de febrero de 2025 hasta las 23:59 horas del 4 de mayo de 2025 (que incluye un crédito de cuatro días cumplidos previamente por el deportista mientras estaba bajo suspensión provisional). De conformidad con el artículo 10.14.2 del Código, el Sr. Sinner podrá reincorporarse a la actividad oficial de entrenamiento a partir del 13 de abril de 2025.

A la luz del acuerdo de resolución del caso, la AMA ha retirado formalmente su recurso ante el TAD.

 
Fuente: Infobae