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La odisea de alquilar en Mar del Plata

Publicado el dia 03/07/2017 a las 12h52min
Cuestiones que hay que saber. Columna del Dr. Daniel Moragues.

Todos sabemos el gran déficit habitacional que tiene la Argentina y en especial Mar del Plata. El crecimiento demográfico, la gente que viene a radicarse en la ciudad, la juventud que a cierta edad necesita independizarse, las parejas que se separan y necesitan un lugar nuevo donde ir a vivir y las propiedades cada vez más caras de adquirir, hacen que la oferta de alquileres sea mucho menor a la demanda de vivienda. ¿Que provoca esto? Que no haya una libre contratación entre las partes, provocando un abuso por parte de los propietarios y la confección de contratos leoninos que estipulan un montón de obligaciones para el inquilino y prácticamente ninguna para el propietario.

Así vemos que se piden montos de alquileres elevados por inmuebles que no lo amerita y se exige para ingresar no solo mes de anticipo y el monto del depósito, sino también comisiones exorbitantes de las inmobiliarias que llegan en algunos casos hasta dos meses de alquiler. Se exige también un fiador o garante con garantía propietaria y garantes con recibo de sueldo a quienes se les hace firmar pagares o documentos.

También se estipulan no solo el pago de todos los servicios como luz, gas y agua, y en algunos casos expensas e impuestos, sino que también en caso de rotura o desperfecto de algún artefacto o de cualquier cosa que haya en el inmueble que sea causa del normal uso de las cosas, también las tenga que pagar el inquilino. Así por ejemplo, se alquila un departamento con muebles y al mes no funciona la heladera porque se termino el gas o al calefón se le tapa la serpentina, y nos encontramos que en el contrato el inquilino a la hora de firmar lo pasa por alto, pero existía una cláusula de que esos gastos son a su costa. Así podemos mencionar muchas cosas más y demostrar que el inquilino está totalmente indefenso.

Pero, ¿qué se puede hacer para paliar tanta desventaja? Existen actualmente seguros de caución para inquilinos. ¿Que permite esto? Una mayor facilidad a la hora de conseguir la garantía requerida, ya que es muy difícil obtener todas las garantías que se piden y permite al propietario poder cobrar más fácil en caso de que el inquilino no cumpla con alguna de sus obligaciones. Otro tema a tener en cuenta es la actualización de los montos de alquiler.

Generalmente se pacta el monto mensual y al año y a los 6 meses el alquiler sufre un aumento. Y ahí habrá que ver bien es como se confecciona la cláusula porque puede llegar a ser ilegal la actualización o el aumento. Asimismo, un tema a tener en cuenta hoy es la posibilidad de rescisión por parte del inquilino y la indemnización que debe pagar. Según el nuevo Código Civil y Comercial si rescinde antes del año de alquiler solo debe pagar un mes y medio de alquiler en concepto de penalización y si pasa el año, solo un mes.

Por otro lado es importante saber que el propietario solo puede rescindir el contrato si el inquilino no cumple con las cláusulas contractuales, por lo que no puede rescindir el contrato por su propia voluntad, debe respetar el plazo mínimo de alquiler de dos años. En definitiva, ante tanta desventaja existen paliativos o medios de defensa que sin ser muchos permiten al inexperto inquilino poder ejercer alguna defensa.

Pero para eso hay que asesarse e informarse con su profesional de confianza. Una consulta a tiempo puede hacernos ahorrar dinero a futuro y de paso evitamos el uso abusivo de derechos de quien se encuentran en una posición dominante a la hora de celebrar un contrato.

Fuente: Datos Propios