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Curiosidades

La sentencia por el caso Thelma Fardín busca el silenciamiento de la violencia sexual

La justicia de Brasil consideró que sin comprobar el acceso carnal no puede condenar aunque haya otras pruebas

Si contas un abuso sexual sin denuncia judicial te pueden denunciar por decir algo que no está probado en la justicia. Si la justicia considera que corresponde usar las leyes más beneficiosas para los denunciados y que antes limitaban los tiempos para denunciar te van a decir que tu tiempo para denunciar se pasó. Si te animás igual a ir a la justicia consideran que es mejor usar la ley más beneficiosa para los acusados pero la más perjudicial para la víctima. Si el abuso no se puede denunciar sin ser denunciada no solo no hay justicia, no hay más libertad de expresión frente a la violencia sexual.

Si los jueces creen que hay que revictimizar a las víctimas y preguntarles por su pasado, su familia, sus angustias y sus sonrisas, lo van a hacer. Pero si consideran que hay una duda van a inclinarse por el acusado. Si se denuncia abuso sexual y no se tiene el ADN del agresor, ni un video, no se puede denunciar el abuso. Si en el mismo momento que una víctima de violación es penetrada no logra filmar a su violador o sacarle material genético y hacer la denuncia -al instante- mejor que no denuncie. Si no denuncia no puede hablar. Conclusión: calladita, que es mejor.

Si hablar es el mecanismo, individual y social, para que los abusos dejen de suceder como si no sucediera nada, y hablar es el mecanismo personal para no aceptar ser avasallada, no importa. La justicia da un mensaje claro: quédense calladas. A los varones que también se animan a hablar de lo que pasa en sus casas, en las iglesias, en los colegios, en los clubes de fútbol o con famosos, también les dicen lo mismo: no hablen.

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Si hablan, denuncien. Y si denuncian, prueben. Pero no van a poder probar porque la prescripción va a beneficiar a los abusadores. También la jurisdicción. Si en una gira el abuso se produjo en otro país no se va a poder denunciar. Y si pasó en el conurbano -entre el sur y el norte- se va a tomar como dos justicias distintas, pero no se va a poder unificar la causa, el cansancio y el criterio jurídico. Divide y reinarás. Prescribe y callarás. Amenaza y triunfarás.

Hoy no está en jaque sólo la impunidad del abuso sexual. No está en juego si se pena a los abusadores sexuales. Hoy corre riesgo la palabra: la posibilidad de contar, denunciar y sanar después de ser abusada y abusado. Los juicios no sólo son para conseguir sentencia, sino la única estrategia para poder hablar sin ser enjuiciada/o. Pero si no se puede denunciar, ni hablar, ni escribir sobre abusos sexuales sin ser amedrentada, el resultado es aterrador: volver al silencio.

En relación a las consecuencias judiciales de denunciar abuso hay distintas posturas. Hay quienes no quieren un feminismo punitivista que se centre en las penas. Pero las denuncias no solo buscan penas, sino poder hablar, porque sino son castigadas -con penas y procesos penales- acusadas de difamar. Por eso, no se dimensiona que hoy las penas son a las que hablan y escriben que sí son penadas con la revictimización, con amenazas y campañas orquestadas por grupos reaccionarios en redes sociales y con los juicios de los agresores por hablar, tuitear o informar.

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Mientras que los que piden mano dura son los abanderados de la impunidad absoluta y las garantías y beneficios más exagerados para quienes son acusados de violación. Piden para los que roban el cuerpo ajeno compasión, prescripción y olvido, a diferencia de lo que piden para otros delitos, como si la violación no fuera inseguridad íntima, y una huella que deja marcas que no se olvidan. Se reparan, sí, pero no si la justicia vuelve a abusar de las que denuncian.

La justicia no repara, olvida y usa la palabra prescripción como si se pudiera archivar la conducta de quienes toman para sí un cuerpo no correspondido y dejan a quienes buscan reparar el duelo del atropello para seguir viviendo, sin nada, asaltados en todas sus herramientas para no volverse presas de quien enjauló su decisión de no tener sexo sin el tormento de lo que se les dice que no pudieron probar y sin -ni siquiera- el ABC de cualquier comienzo de sanación: la palabra.

Por supuesto, es mucho más grave a una edad en la que ni se discute que si una menor de edad no quiere tener sexo es completamente reprochable que se violente su decisión e integridad durante la infancia y adolescencia. La justicia no dice que se puede violar adolescentes, pero le dice a los adultos que fueron adolescentes que archiven sus denuncias porque ya pasó el tiempo y les parece más importante el reloj que su cuerpo.

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No es que consideran la prescripción como una garantía para no aplicar la pena de cárcel (una medida que puede ser aceptable porque las leyes se escribieron cuando el abuso sexual se escondía debajo de todas las camas y antes que las mujeres hablaran masivamente para terminar con la violencia sexual sistemática), sino que, exageradamente, apelan a la prescripción como un Dios que no permite que condenen por abuso sexual los delitos que consideran probados, pero que alegan que si te violaron y necesitaste que el mundo cambie para poder denunciar ya es demasiado tarde. Y que la castigada -como se ve en las redes sociales- es la que habla.

En Argentina, en un dictamén del Ministerio Público Fical (MPF) en el que le piden a la Corte Suprema de la Nación que no considere prescriptos dos casos de abuso sexual, relativizan la figura de la prescripción cuando su uso es abusivo para frenar sentencias en causas de violencia sexual contra menores. El MPF alega que la prescripción es un autolímite que se impone el Estado en la persecución de los delitos pero que “no existe un derecho de la persona imputada a que la acción penal por el delito que se le imputa prescriba”.

El fallo no es una absolución, es una aberración. Por supuesto, además es una resolución de primera instancia que se va a apelar y falta que haya pronunciamientos en otras instancias. Thelma Fardin, el abogado (y ex Juez) Martín Arias Duval, la abogada Carla Andrade Junqueira y Paola García Rey, Directora Adjunta de Amnistía Internacional ya anunciaron que, si es necesario, va a llegar a la Corte Interamericana de Derchos Humanos (CIDH).

Entre las irregularidades de la causa está que el juez que escuchó los testimonios de Thelma Fardin (Pablo Ali Mazloum) y de las testigos (entre ellas Anita Co y Calu Rivero) no es el mismo que decidió la absolución en primera instancia. El magistrado que firma la sentencia es suplente (Fernando Toledo Carneiro) y tiene desde hace pocos días el expediente en sus manos. Pero el magistrado que tomó esta decisión sólo vio el caso en papel y videos.

“La declaración de inocencia, se trata de una decisión de primera instancia; nos queda la segunda y tercera instancia y luego las cortes internacionales”, describió Junqueira. En la justicia argentina ya no se considera que un abuso sexual sólo puede ser probado si existió acceso carnal. En España, por ejemplo, hubo una manifestación masiva cuando la justicia dijo que era abuso pero no violación en el caso de La Manada. Pero además los avances legales sobre abusos sexuales tienen el objetivo de generar más justicia. Sin embargo, son utilizados para provocar más injusticias.

La abogada brasileña Junqueira apuntó: “Hasta 2009 en Brasil se exigía la prueba de acceso carnal para un caso de violación. Luego se reformó y se dejó de exigir la prueba de penetración”. Thelma Fardín puntualizó: “Está probado que me practicó sexo oral, está probado que hubo penetración con sus dedos, pero como ocurrió en el 2009 está prescripto. Si hubiera ocurrido en el 2010 no estaría prescripto. ¿Qué le están pidiendo a las infancias? ¿Que se filmen cuando son abusadas?”.

La última ciudad de la gira de la serie ”Patito feo” fue Managua, en Nicaragua. Darthés es ciudadano brasileño y se fue de Argentina a ese país. Brasil no extradita a sus ciudadanos y un fiscal (no Thelma) decidió iniciar la causa por estupro agravado para que Brasil no fuese sinónimo de impunidad sexual. Un juez de primera instancia (Mazloum) aceptó la causa y se comenzó con la investigación y el juicio de modo virtual, por el contexto de la pandemia, porque se tendría que haber desarrollado, de modo presencial, en San Pablo.

En Brasil hay una reforma de la ley en 2010, pero como los hechos investigados fueron a fines del 2009, el juez suplente decidió aplicar la ley anterior a 2010 para que sea la más benigna al acusado y declararlo absuelto. “Es una decisión conservadora que no está en línea con los estándares del Tribunal Supremo de Brasil”, sostuvo Junqueira. Y recalcó: “Somos optimistas. Esta es una etapa de un proceso que sigue y no está terminado”.

El magistrado consideró probado “actos libidinosos”. Pero no consideró probado “la penetración con su miembro” de parte del imputado y por el beneficio de la duda decidió la absolución en esta primera instancia. Si tuvieran la misma duda todos los jueces, directamente, no se podría denunciar el abuso sexual que, justamente, es un delito que se practica habitualmente, sin testigos, ni cámaras.

En Argentina la ley de “Respeto a los Tiempos de la Víctima” se aprobó para que se pueda respetar el tiempo que transcurre entre el abuso (en la infancia y la adolescencia) y el momento de animarse a denunciar entre la juventud y la adultez. Si se considera el mismo canon que en el fallo, el tiempo de respeto a la víctima sería un concepto anulado de la legislación.

Otro punto cuestionable es que la causa fue caratulada -por un fiscal brasileño- como “violación agravada”. El magistrado suplente interpretó que si no tenía pruebas del acceso carnal no correspondía a ese tipo penal y que, si no era ese tipo exacto, la acción penal había prescripto. Lo agravado es, ahora, el mensaje de impunidad.

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Otra razón que el juez usó para considerar no probado el acceso carnal es que Thelma, a los 16 años, relató su sufrimiento a dos amigas, pero no les habló de penetración (reiteramos: a los 16 años) y que eso puede ser usado en su contra. El juez no considera probada la “conjunción carnal”. Es como retroceder dos siglos de enmarcar el abuso sexual como una práctica que no se basa sólo en la penetración y además poner a la víctima en el banquillo de las acusadas si no contó, en su adolescencia, una situación dolorosa y lo hizo cuando ya pudo convertirse en una mujer, a los 26 años.

Pero además el hostigamiento, las amenazas y las redes sociales usadas (sin ningún freno, regulación, ni acción de la justicia cuando también se denuncia) permite que hoy una víctima de abuso sexual sea perseguida más que nunca antes por todos los medios, virtuales, reales y sociales. Y si hay periodistas que escriben son denunciadas, amenazadas, amedrentadas hasta que dejen de escribir por la acción sistemática de grupos organizados que buscan que las víctimas de abuso sexual se callen. No porque hacen denuncias falsas, sino porque es imposible probar lo que piden, estar en el tiempo que exigen y soportar la revictimización y las amenazas.

La justicia de Brasil no dijo que el actor Juan Darthés es inocente, sino que no se pudo probar la penetración o el acceso carnal por decirlo de la forma más cruenta que la justicia puede dispensar. Una víctima solo puede probar la penetración si lo graba en un video. Y le piden eso a Thelma Fardín, que en el 2009, tenía 16 años. Misión imposible.

No está dicha la última palabra. Pero se busca que las mujeres no hablen más. Que no fomenten que los varones hablen. Que vuelva el silencio. Y que las que lograron que muchas otras hablen, denuncien, juzguen a los abusadores, no hablen, no denuncien, se enloquezcan en silencio, no pidan reparaciones y que los años que duró el fenómeno Me Too sea un gran “acá no ha pasado nada”.

O que lo que pasaba no pase más pero se castigue a quienes hablaron para que no pase.

Que no se crea que son mujeres que pueden mostrarle a las chicas que las transformaciones no llegan solas, que la lucha sirve y que la palabra mueve el mundo. No sean ejemplo para otras. No remuevan más piedras. No pidan más. No crean que algo las puede reparar. Ni que pueden seguir dando lecciones de libertad, autonomía sexual y dignidad.

Los actores se adaptaron a que no pueden invadir el cuerpo de una menor de edad, ni hacerse palpar los genitales erectos. Los conductores no le tocan más la cola a las microfonistas. Los curas no le piden a los alumnos de una escuela que les practiquen sexo oral. Los famosos no cambian una fellatio por una merienda para un pibe de provincia que viene a probar suerte a la capital. Los músicos no le dicen a una corista que si quiere cantar con ellos tiene que pasar por el casting de su cama. Los políticos no piden a cambio de un sueldo que la asistente aguante bajar al escritorio para un contacto nauseabundo. Los profesores de izquierda no piden sexo forzado porque si no se está en contra de la revolución.

Las situaciones abusivas que pasaban naturalmente hoy ya no pasan y, cuando pasan, no pasan como si nada. Pero hoy nos enfrentamos a un retroceso de un riesgo abismal. O van a ser castigadas las que hablaron en nombre de los que ya no pueden abusar. O el abuso va a volver porque ya no se va a poder hablar ni denunciar.

La sociedad argentina tiene que decidir si la denunciante de abuso sexual que logró que muchas otras jóvenes y varones hablen va a ser un patito feo social. O si lo que pasó en “Patito Feo” y que el juez acredita como abusos (aunque no pueda considerar probado el acceso carnal) va a ser un antes y después para que las chicas puedan crecer en un espejo donde sepan que nadie las puede tocar sin que ellas quieran.

Hay que volver a decir “Ni un abuso más” o soportar el castigo del silencio.

Página:

https://mdpok.ar/noticia/curiosidades/2023/05/14/la-sentencia-por-el-caso-thelma-fardn-busca-el-silenciamiento-de-la-violencia-sexual/16643.html